HOY 13 DE AGOSTO, EN LA CIUDAD DE PUCALLPA EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC REUNIDAS CON LAS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DE LOS DIFERENTES PUEBLOS AGRUPADOS EN ORPIO, ORAU, CORPI Y ACODECOSPAT; QUE SERÁN AFECTADOS POR EL PROYECTO HIDROVIA AMAZÓNICA, EL MTC SE REHÚSA ACTUAR DE BUENA FE E IMPLEMENTAR, LOS TALLERES NECESARIOS PARA LEVANTAR LAS OBSERVACIONES DE LAS ORGANIZACIONES Y PODER CONTINUAR EL PROCESO DE CONSULTA PREVIA BIEN INFORMADO TAL CUAL MANDA LA LEY, EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS.
A Pesar que el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones ha aceptado que la Etapa Informativo del Proceso de Consulta Previa del
Proyecto “Hidrovia Amazonica”, no se ha brindado información suficiente e
interculturalmente adecuada para que los pueblos indígenas de las cuencas del
marañón, Ucayali, amazonas, Huallaga, puedan tomar una decisión bien informado,
sobre los posibles impactos de proyecto que afectara nuestras vidas, temas como
por ejemplo:
- Cambios en las normas ambientales como la Ley 30327 y la Ley 30230 y cómo afecta esto al proyecto Hidrovía y a nosotros. NO SE NOS INFORMO
- Información y explicación de las medidas a consultar: TDR y Contrato. Esto es importante que se explique porque son las medidas a través de las cuales los pueblos indígenas van a incidir en este proyecto y van a poder influir en las decisiones que afectan sus derechos. NO SE NOS INFORMO
- La opinión técnica de: Dirección de Hidrografía y Navegación de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) de la Marina de Guerra del Perú; El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP); un investigador o antropólogo independiente que pueda evaluar los impactos culturales de la Hidrovía Amazónica. NO SE NOS INFORMO
- Mayor información sobre los posibles impactos ambientales, sociales, culturales del proyecto. NO SE NOS INFORMO
Los
pueblos indígenas no podemos tomar buenas decisiones ni dar consentimiento a
una medida, si es que no sabemos los impactos que se podrían generar en la
integralidad de nuestro territorio y comunidades. Por otra parte, como APUS responsables de nuestras
comunidades y federaciones indígenas, no podemos sostener un proceso que nos
induce a tomar decisiones a “ciegas”, lo cual implicaría la desnaturalización del
derecho a Consulta Previa e Informada, vaciándolo de contenido y,
progresivamente, destruyendo sus valores y principios. Decimos esto en acuerdo
con lo definido y desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
el Tribunal Constitucional, la Ley de Consulta Previa y el Convenio 169 de la
OIT.
Finalmente, estamos convencidos de que procesos de consulta correctamente
implementados y con altos niveles de participación, acuerdo y consentimiento,
contribuyen a promover y fortalecer las relaciones entre el Estado y los
pueblos indígenas, de tal forma que se construyan caminos que reparen la desconfianza
y exclusión histórica a la que fuimos sometidos, la cual hasta hoy se
reproduce. Estamos seguros que este aporte desde nuestras comunidades y
organizaciones indígenas es conducente para la gobernanza en el país, los
principios de la democracia y la convivencia con nuestros pueblos.